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RESOLUCION de 26 de julio de 2005, de la Dirección General de Transportes, por la que se declaran aptas a las personas que han superado las pruebas de capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de transporte interior e internacional de viajeros y de mercancías celebradas en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 05/08/2005 (Nº 94)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS, URBANISMO Y TRANSPORTES

Texto completo:

RESOLUCION de 26 de julio de 2005, de la Dirección General de Transportes, por la que se declaran aptas a las personas que han superado las pruebas de capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de transporte interior e internacional de viajeros y de mercancías celebradas en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Examinada la propuesta que, en sesión celebrada el día 18 de julio de 2005, el Tribunal Calificador de las pruebas de constatación de la capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de transporte interior e internacional de viajeros y de mercancías acordó elevar a esta Dirección General como órgano convocante de las mismas, y que contiene la relación de personas consideradas aptas, por haber acreditado poseer el nivel de conocimientos suficientes para cada una de las modalidades establecidas por la Orden Ministerial de 28 de mayo de 1999, que desarrolla el capítulo primero del Título II del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de expedición de certificados de capacitación profesional, en aplicación de lo dispuesto en su disposición transitoria séptima.

Vista la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, (BOE número 182, de 31-07-1987), el R.D. 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la citada Ley (BOE número 241, de 8-10-1990), la O.M. de 28 de mayo de 1999, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, (BOE número 285, de 27-11-1992), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Considerando que la propuesta que el Tribunal Calificador acuerda elevar a esta Dirección General es conforme a las normas ordenadoras del transporte y preceptiva, según lo establecido en el artículo 13 de la O.M. de 28 de mayo de 1999, a fin de proceder a la expedición por el Director General de Transportes del certificado que acredita estar en posesión de la titulación requerida para el ejercicio de la actividad en sus correspondientes modalidades.

Esta Dirección General, en virtud de lo que antecede y en ejercicio de las competencias delegadas por la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, ha resuelto asumir la propuesta de 18 de julio de 2005 del Tribunal Calificador de las pruebas, declarando aptos para el ejercicio de las actividades de Transporte Interior e Internacional de Viajeros y de Mercancías a aquellas personas que, en la modalidad que en cada caso se indica, figuran relacionadas el anexo a esta Resolución, ordenando sean expedidos los correspondientes certificados de capacitación profesional.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de lazada ante el Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón, haciendo constar los datos relativos al número asignado en las listas de admitidos a las pruebas y modalidades de capacitación profesional sobre las que interpone el recurso.

Zaragoza, 26 de julio de 2005.

El Director General de Transportes, JESUS SANCHEZ FARRACES